Tus faltas al trabajo
Si faltas al trabajo por enfermedad común o accidente no laboral, deberás comunicar inmediatamente tu baja médica a tu oficina TEMPS y presentarla físicamente en el plazo de tres días, así como los partes de confirmación semanales que tu médico te irá dando.
Recuerda que las prestaciones por enfermedad común o accidente no laboral son las siguientes: los tres primeros días no hay prestación alguna. Entre el cuarto y el vigésimo primero, la prestación económica será del 60% de la base de cotización del mes anterior. A partir del vigésimo segundo día será del 75%. Para tener derecho a la prestación es necesario haber cotizado al menos 180 días, en los últimos 5 años.
Si tu motivo de ausencia es otro, el procedimiento es comunicarlo con la mayor anterioridad posible a tu agencia TEMPS. Nosotros nos pondremos en contacto con la empresa usuaria.
Recuerda que si faltas al trabajo injustificadamente no cobras esos días y además pueden ser motivo de sanciones disciplinarias.